El coronavirus es considerada “enfermedad de carácter profesional no-listada”

Informamos a nuestros afiliados que, de acuerdo a normativas nacionales vigentes respecto de la Pandemia COVID-19, y los DNU Nro. 367/2020 y Nro. 39/2021 por ampliación de la Emergencia Pública en materia ocupacional y basadas en disposiciones de la OIT, declara que: “…las patologías contraídas por exposición en el trabajo a dicho agente patógeno podrán considerarse como enfermedades profesionales, en razón de lo cual (…) reviste carácter de enfermedad profesional”.

Al ser considerada esta patología como una enfermedad de carácter profesional no-listada, se informa que debe realizarse la respectiva DENUNCIA POR ENFERMEDAD PROFESIONAL, ante la Aseguradora de la empresa.