Disposición excepcional del LiNTI

👉 Con carácter excepcional y hasta el 01 de junio del 2021, se autoriza a los conductores la circulación con la Licencia Nacional de Conducir Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) que se encuentren vencidas desde el día 15 de febrero del 2021 en adelante, con la siguiente documentación obligatoria:
✅ Constancia de turno en trámite con fecha y hora
✅ Boleta de pago del trámite abonada
⚠️ NO ES UNA PRÓRROGA ‼️
Es una medida excepcional de circulación a los conductores , quienes deberán acreditar los requisitos mencionados ante la fiscalización y que serán validos excepcionalmente hasta el día y horario del turno otorgado para el trámite en renovación.